SOAT- Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito

SOAT son las siglas de Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito. Exigido por ley y regulado por el D.S. Nº 049-2000-MTC y R.M. Nº 475-2001-MTC/15.02. Ha sido creado para ofrecer protección al conductor del vehículo, sus acompañantes y terceros no ocupantes que sufran lesiones corporales o muerte como consecuencia de un accidente de tránsito.

Su adquisición es obligatoria para todos los vehículos automotores de acuerdo a ley Nº 27181.

Hasta los siguientes montos (por persona) y por evento:

Cobertura UIT Suma Asegurada S/.
Gastos de Atención médica Hasta 05 UIT S/. 17,750
Incapacidad Temporal Hasta 01 UIT (1/30 de Remuneración mínima vital por día)- hasta S/. 3,550
Invalidez Permanente Hasta 04 UIT Según tabla de indemnizaciones- hasta S/. 14,200
Muerte 04 UIT S/. 14,200
Gastos de Sepelio Hasta 01 UIT Hasta S/. 3,550

Principales Características

  • Es obligatorio para todo vehículo que circule por el territorio nacional.
  • Es una póliza anual no anulable.
  • El pago de las indemnizaciones no significa reducción de suma asegurada.
  • Cada vehículo debe tener un certificado y calcomanía SOAT.
  • La contratación del SOAT es obligatoria, independientemente de cualquier otro seguro de vehículos que tenga contratado.
  • Deben de tomarlo todos los propietarios de vehículos automotores que circulan en la República con Placa Única Nacional de Rodaje.
Principales Exclusiones

Se encuentran excluidos del SOAT las coberturas por muerte y lesiones corporales en los siguientes casos:

  • Los causados en carreras de automóviles y otras competencias de vehículos motorizados.
  • Los ocurridos en lugares no abiertos al público.
  • Los ocurridos fuera del territorio nacional
  • El suicidio y la comisión de lesiones auto-inferidas
  • Los ocurridos como consecuencia de guerras, sismos u otros casos fortuitos enteramente extraños a la circulación del vehículo.