Riesgos de ingeniería

I.Rotura de Maquinaria

Esta Póliza cubre las pérdidas o daños directos producidos a la maquinaria, siempre que sucedan de forma accidental, súbita e imprevista y que haga necesaria una reparación o reposición y que sean consecuencia de cualquiera de los riesgos cubiertos, tales como: debido a causas como fallas de fundición y el empleo de material defectuoso, defectos de fabricación, errores de diseño y montaje, impericia, negligencia, actos mal intencionados individuales del personal del Asegurado o de extraños, falta de agua en calderas de vapor, explosión física, corto circuito, tempestad, rotura por fuerza centrífuga y explosión física, entre otros riesgos.

Suma Asegurada

Valor de reposición a nuevo de la maquinaria a asegurarse, incluyendo derechos aduaneros y gastos de flete y montaje si los hubiera.

Principales Exclusiones
  • Acto intencionado o negligencia grave del asegurado
  • Desgaste por uso normal, erosión, corrosión, derrumbe, oxidación, incrustaciones
  • Esfuerzo superior al normal por ensayos, experimento o pruebas
  • Continuidad en servicio después de un siniestro antes de concluida la reparación definitiva
  • Defectos ya existentes al contratar la póliza
  • Daños o averías por los cuales sea responsable el fabricante o proveedor (defectos cubiertos por la garantía)
  • Guerra, invasión , sublevación, revolución y otros conflictos político sociales

PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

En adición a las obligaciones estipuladas en las Cláusulas Generales de Contratación; al ocurrir un siniestro que pueda dar lugar a una reclamación bajo esta Póliza, el ASEGURADO se obliga a:

  • Conservar las partes dañadas o defectuosas y tenerlas a disposición de un representante de LA COMPAÑÍA para su inspección y/o evaluación.
  • No realizar reparación y/o reposición alguna de los bienes dañados, hasta que un representante de LA COMPAÑÍA inspeccione las pérdidas o daños.
  • Si el representante de LA COMPAÑÍA no efectúa la inspección en el término de siete días contados desde la fecha en que se notificó la reclamación, más el término de la distancia; el ASEGURADO tendrá derecho a llevar a cabo las reparaciones o reposiciones.
  • Nada de cuanto aquí se estipula, impedirá al ASEGURADO tomar las medidas que sean absolutamente necesarias para evitar o disminuir los daños ocasionados por el siniestro.

Seguros de Construcción:

Las pólizas de construcción son de dos tipos:


II. CAR (Construction All Risk) Todo riesgo de Construcción:

El seguro CAR es aplicable a toda clase de obras civiles en construcción. Se indemnizarán todos los daños que accidentalmente, es decir de forma súbita e imprevista, sufran los bienes asegurados durante la vigencia del seguro, siempre y cuando la causa del siniestro sea amparada bajo la cobertura básica "A" o las coberturas adicionales.

Este seguro se extiende a cubrir trabajos permanentes y temporales, incluidos materiales de construcción, mano de obra y otros que formen parte del contrato a asegurar y que formen parte integrante del monto asegurado declarado.

Se pueden asegurar la construcción de:

  • Edificios de viviendas, oficinas, hospitales, colegios, hoteles;
  • Edificios y plantas industriales, plantas y/o casas de fuerza;
  • Carreteras, aeropuertos, puertos y líneas de ferrocarril;
  • Puentes, presas, túneles, obras de riego y drenaje, canales.

COBERTURA PRINCIPAL “A”

Este seguro cubre los daños materiales que sufran los bienes asegurados por accidentes súbitos e imprevistos, ocurridos por cualquier riesgo que no fuera susceptible ampararse bajo las coberturas adicionales.

COBERTURAS ADICIONALES

Sujeto al acuerdo expreso de las partes y al pago previo de la prima adicional correspondiente, esta póliza se extenderá a cubrir uno o más de los riesgos que a continuación se indican; hasta el límite nominal de la suma asegurada señalada en las Condiciones Particulares para cada uno de ellos.

Cobertura “B”

Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica.

Cobertura “C”

Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas, enfangamiento, hundimiento o deslizamiento del terreno, derrumbes y desprendimiento de tierra o de rocas.

Cobertura “D”

Daños causados directamente por el contratista en el curso de la ejecución de las operaciones llevadas a cabo con el propósito de dar cumplimiento a sus obligaciones derivadas de la cláusula de mantenimiento del Contrato de Construcción.

Cobertura “E”

Responsabilidad Civil Extracontractual del ASEGURADO por daños causados a bienes de terceros en conexión directa con la ejecución del Contrato de Construcción asegurado por esta Póliza, siempre que el evento dañoso se hubiere realizado en el lugar de la obra o en la vecindad inmediata delimitada por el radio de acción indicado en las Condiciones Particulares.

Cobertura “F”

La responsabilidad civil Extracontractual frente a terceros por lesiones o muerte en conexión directa con la ejecución del Contrato de Construcción asegurado por esta Póliza, siempre que el evento dañoso se hubiere realizado en el lugar de la obra o en la vecindad inmediata delimitada por el radio de acción en las Condiciones Particulares.

Cobertura “G”

Los gastos por concepto de remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente Póliza; hasta el límite de la suma asegurada indicada expresamente para esta cobertura en las Condiciones Particulares.

EQUIPO Y MAQUINARIA DE CONSTRUCCIÓN

Sujeto al acuerdo expreso de las partes y al pago previo de la prima adicional correspondiente, esta Póliza se extenderá a cubrir el equipo y maquinaria de construcción, así como las herramientas, maquinaria e instalaciones auxiliares, oficinas y bodegas provisionales; utilizadas en la operación u obra en el sitio de construcción, siempre que sean de responsabilidad del ASEGURADO o respecto de los cuales resulte legalmente responsable.

Principales exclusiones
  • Dolo o imprudencia del asegurado o del representante responsable de la construcción
  • Guerra, revolución, rebelión, conmoción civil, motines
  • Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva
  • Lucro cesante, paralización del trabajo sea parcial o total

III. EAR (Engineering All Risk) Todo riesgo de Montaje:

Este seguro tiene por objeto cubrir los daños a las obras de montaje, como consecuencia de hechos accidentales e imprevisibles, sujetos a las exclusiones estipuladas en las condiciones generales. Inclusive cubre los riesgos comprendidos en el montaje y el período de prueba de máquinas, aparatos y estructuras metálicas.

Este seguro se extiende a cubrir trabajos permanentes y temporales, incluidos repuestos, maquinarias y equipos a montar, mano de obra y otros que formen parte del contrato a asegurar y que formen parte integrante del monto asegurado declarado.

Además, pueden ser asegurados a un mismo tiempo los trabajos de edificación relativos a las instalaciones enumeradas, siempre que prepondere la parte de montaje, es decir el valor de los equipos de montar sea superior al valor de los trabajos de construcción.

Se pueden asegurar el montaje y período de pruebas de Maquinas y/o Equipos, tales como:

  • Turbinas, generadores, compresores, calderas;
  • Maquinas de imprenta, de papel y textiles;
  • Líneas de transmisión , tuberías, gasoductos, oleoductos;
  • Tanques, silos, puentes de acero.

COBERTURA PRINCIPAL “A”

Este seguro cubre los bienes descritos en las Condiciones Particulares, contra los daños materiales ocurridos durante su montaje en el predio donde se lleva a cabo la operación, siempre que dichos daños hagan necesaria su reparación y/o reposición y ocurran en forma accidental, súbita e imprevista como consecuencia directa de:

  • Errores durante montaje.
  • Impericia, descuido y actos malintencionados de obreros y empleados del ASEGURADO o de extraños.
  • Caída de partes del objeto que se monta, como consecuencia de rotura de cables o cadenas, hundimiento o deslizamiento del equipo de montaje u otros accidentes análogos.
  • Robo, entendido como pérdida por sustracción de los bienes asegurados, y que en el lugar de entrada o de salida queden huellas visibles de tal acto de violencia y se haya formulado la denuncia correspondiente ante la autoridad competente.
  • Incendio, rayo, explosión.
  • Hundimiento de tierra o desprendimiento de tierra o de rocas.
  • Corto circuito, arcos voltaico, así como la acción directa de la electricidad atmosférica.
  • Caída de aviones o parte de ellos.
  • Helada y granizo.
  • Otros accidentes que ocurran durante el montaje que no sean susceptibles de ser asegurados bajo los riesgos adicionales previstos en el artículo 2º de estas Condiciones Generales y, cuando se trate de bienes nuevos, también durante las pruebas de resistencia o de operación.

COBERTURAS ADICIONALES

Sujeto al pago de la prima adicional correspondiente, esta Póliza podrá extenderse a cubrir uno o más de los riesgos enunciados a continuación,

Cobertura “B”

Daños causados directamente por terremoto, temblor, maremoto y erupción volcánica.

Cobertura “C”

Daños causados directamente por ciclón, huracán, tempestad, lluvias, vientos, inundación, desbordamiento y alza de nivel de aguas y enfangamiento.

Cobertura “D”

Siempre que EL ASEGURADO sea el fabricante o su representante, los daños causados por errores en diseño, defectos de construcción, fundición, uso de materiales defectuosos y defectos de mano de obra ocurridos en el taller del fabricante;

Cobertura “E”

La responsabilidad civil extracontractual en que incurra EL ASEGURADO por daños causados a bienes de terceros incluyendo aquellos que tenga confiados a su cuidado o en custodia y por los que sea legalmente responsable.

Cobertura “F”

La responsabilidad civil extracontractual por lesiones, comprendiéndose la muerte, ocurrida a terceros.

Cobertura “G”

Los gastos por concepto de desmontaje y remoción de escombros que sean necesarios después de ocurrir un siniestro amparado bajo la presente Póliza; hasta

el límite de la suma asegurada indicada expresamente para esta cobertura en las Condiciones Particulares.

EQUIPO DE MONTAJE

Grúas, equipos y herramientas, maquinaria auxiliar de toda clase, oficinas y bodegas provisionales, utilizados en la operación en el sitio de montaje, sean de propiedad del ASEGURADO o por los cuales sea legalmente responsable.

Principales exclusiones
  • Dolo o imprudencia del asegurado o del representante responsable de la construcción.
  • Guerra, revolución, rebelión, conmoción civil, motines
  • Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva
  • Lucro cesante, paralización del trabajo sea parcial o total

IV. TREC- Todo riesgo de equipo contratista

Esta Póliza cubre las pérdidas o daños directos accidentales de la maquinaria o equipos de construcción en una obra específica por cualquier causa externa.

Suma Asegurada

Costo de reposición de un equipo nuevo de las mismas características, incluyendo derechos aduaneros y gastos de flete y montaje si los hubiera.

Principales Riesgos Cubiertos
  • Colisión
  • Volcadura
  • Hundimiento de terreno
  • Deslizamiento de tierra
  • Descarrilamiento
  • Incendio y/o rayo
  • Accidentes derivados de descuido, impericia o negligencia del operador
  • Accidentes durante su tránsito en la obra
  • Robo y/o asalto
  • Inundaciones, maremoto, huracán, terremoto, temblor u otra convulsión de la naturaleza
Principales Exclusiones
  • Acto intencionado o negligencia grave del asegurado
  • Desgaste por uso normal, erosión, corrosión, derrumbe, oxidación, incrustaciones
  • Daños por sobrecarga de los bienes asegurados
  • Defectos ya existentes al contratar la póliza
  • Guerra, invasión , sublevación, revolución y otros conflictos político sociales
  • Lucro cesante, demora, paralización del trabajo sea parcial o totalmente
  • Pérdida de combustible, lubricantes
  • Aquellas partes que son materia de desgaste continuo y que requieren reposición periódica tales como bandas y correas de transmisión, cadenas y cables de acero, bandas transportadoras, filtros y tamices, neumáticos entre otros.
  • Pérdidas o daños de los cuales fuera responsable el fabricante
  • Reacciones nucleares, radiación nuclear y contaminación radioactiva

V. Equipo Electrónico

Por su naturaleza, el seguro de Equipo Electrónico es un seguro de accidentes, con cobertura a Todo Riesgo, que se extiende a cubrir la pérdida o daño físico accidental, súbito e imprevisto por cualquier causa que sea y que no esté específicamente excluida en el Condicionado General, de forma tal que sea necesaria su reparación o reemplazo.

Comprende las siguientes secciones:

  • Sección 1: Daños Materiales
  • Sección 2: Portadores externos de datos
  • Sección 3: Incremento del costo de operación
Principales Exclusiones
  • Acto intencional o negligencia grave del asegurado o representantes
  • Interrupción del fluido eléctrico, de gas o de agua
  • Desgaste normal
  • Gastos de mantenimiento
  • Pérdidas o daños por los cuales el fabricante o proveedor sea responsable
  • PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO

    En adición a las obligaciones estipuladas en las Cláusulas Generales de Contratación; al ocurrir un siniestro que pueda dar lugar a una reclamación bajo esta Póliza, el ASEGURADO se obliga a:

    • Conservar las partes dañadas o defectuosas y tenerlas a disposición de un representante de LA COMPAÑÍA para su inspección y/o evaluación.
    • No realizar reparación y/o reposición alguna de los bienes dañados, hasta que un representante de LA COMPAÑÍA inspeccione las pérdidas o daños.
    • Si el representante de LA COMPAÑÍA no efectúa la inspección en el término de siete días contados desde la fecha en que se notificó la reclamación, más el término de la distancia; el ASEGURADO tendrá derecho a llevar a cabo las reparaciones o reposiciones.
    • Nada de cuanto aquí se estipula, impedirá al ASEGURADO tomar las medidas que sean absolutamente necesarias para evitar o disminuir los daños ocasionados por el siniestro.